CÓMO DEMOSTRAR EL ACOSO LABORAL
En el caso del acoso laboral el trabajador tendrá que aportar indicios de la existencia de dicho acoso y será la empresa la que tendrá que justificar las medidas o conductas llevadas a cabo.
El principal problema para acreditar los hechos es que muchas veces el acoso se lleva a cabo con total normalidad y no suele dejar rastro por escrito.
La sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2014, ha marcado un antes y un después en la validez de las pruebas para acreditar la existencia del acoso laboral.
Dicha sentencia otorga validez a la utilización de grabaciones magnetofónicas y a las conversaciones de whatsapp, afirmando que las mismas no vulneran el derecho al secreto de las comunicaciones, siempre y cuando dichas pruebas sean utilizadas únicamente por el trabajador acosado para defenderse en un proceso judicial.
Además de estas pruebas, el trabajador cuenta también con otros medios de prueba más podríamos decir, clásicos: el interrogatorio de la persona acosadora, la declaración del trabajador acosado, la declaración de testigos (aunque muchas veces son testigos mudos, por miedo a represalias por parte del acosador, por miedo a que les ocurra lo mismo), el informe pericial médico / psicológico, para determinar si la situación ha podido provocar o no problemas psicológicos al trabajador y si se ha llegado a poner en peligro su integridad física, las actas de la Inspección de Trabajo (el trabajador puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo para conseguir que un inspector constate de forma directa y personal los hechos denunciados, mediante la visita al centro de trabajo) y los correos electrónicos.
La sentencia que se dicte declarará si ha existido vulneración de los derechos del trabajador y en caso afirmativo, declarará la nulidad de las actuaciones llevadas a cabo por el empleador, a la par que ordenará de inmediato cese de la actuación, la restitución al estado anterior y el reconocimiento de una indemnización por los daños ocasionados a la víctima.
Cada vez son más numerosos los medios de prueba al alcance del trabajador para acreditar la existencia de acoso laboral. Además, existen distintos procedimientos judiciales para poner fin a dicha situación. Sin embargo, los trabajadores continúan enfrentándose a la dificultad que supone acreditar la conducta de hostigamiento y el nexo causal entre la misma y su estado de salud, de ello depende el éxio o fracaso de la demanda en el juzgado.
